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Adelante Cádiz / Trekant Media

Una de las propuestas que elevará a Adelante Cádiz a la sesión plenaria de este viernes plantea la creación de una tasa europea de emergencia Covid-19, para lo que demanda al Gobierno estatal que impulse la puesta en marcha de un sistema extraordinario de tasas de emergencia por la pandemia del coronavirus en ámbito de la Unión Europea, para así gravar los beneficios empresariales y los grandes patrimonios. Estas tasas tendrían una naturaleza finalista para atender las necesidades sociales generadas por la crisis, garantizando condiciones dignas a toda la población a través de la redistribución de renta y para dotar de inversiones en sanidad pública en cada país. Y en España el 25% de la recaudación conseguida por dicha tasa se destinaría directamente a un Fondo de Urgencia para las entidades locales.

Se estipulan cuatro modalidades de tasas:

1.Tasa sobre las ganancias empresariales superiores a 5 millones de euros obtenidas en el conjunto de estados miembros por la facturación y actividad económicas realizadas en los mismos. Se aplicará un gravamen del 3% a los beneficios netos obtenidos.

2. Tasa sobre el patrimonio de las personas físicas, sea cual sea la forma jurídica de tenencia. Se gravará con un 1% el valor de mercado, estimado a 31 de diciembre de 2019, del conjunto de activos patrimoniales de cualquier naturaleza cuya suma sea de 1 millón de euros o superior.

3. Tasa sobre el patrimonio de los fondos de inversión y sociedades patrimoniales. Se gravará su patrimonio con 3% el valor de mercado del conjunto sus activos patrimoniales de cualquier naturaleza estimados a 31 de diciembre de 2019. A partir de los 10 millones de euros se gravará con un 3% el valor de mercado, estimado a 31 de diciembre de 2019, del conjunto de activos patrimoniales.

4. Tasa sobre las transferencias patrimoniales de cualquier naturaleza. Serán gravadas con un 3% sobre el valor de mercado todos los importes patrimoniales transferidos por las personas jurídicas. Serán gravadas con un 2% sobre el valor de mercado los importes patrimoniales transferidos por las personas físicas partir de la cantidad de 1 millón de euros.

Además, esta moción defiende incluir la evasión y la elusión fiscal entre los criterios que inhabiliten a una empresa para concurrir en procedimientos de contratación pública que realice nuestro Ayuntamiento, estableciendo dicho criterio en las cláusulas sociales que rigen dichos procedimientos.

 


 

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