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El último debate del Pleno del Ayuntamiento de Cádiz fue el presentado por el concejal no adscrito, Domingo Villero, para impulsar la creación de comunidades energéticas en la ciudad de Cádiz. Ciudadanos presentó una enmienda de sustitución que decayó al tener solo sus votos favorables, la abstención del PP y el voto en contra del resto de la Corporación.

Finalmente, la propuesta del concejal Domingo Villero fue aprobada con los votos a favor del Equipo de Gobierno, PSOE y el suyo propio y la abstención del PP y Ciudadanos.

El concejal defendió que su propuesta "es una herramienta colaborativa que está dando muy buenos resultados en varias ciudades no sólo de España, sino de todo el mundo; además en Cádiz y contando en el Ayuntamiento con la denominada Delegación de Transición Ecológica que aspira a un nuevo modelo más sostenible, debiera estar ya implementada para paliar los terribles efectos que el mercado eléctrico está dejando en nuestros vecinos".

Explicó el edil que el concepto comunidad energética local nace como respuesta a la necesidad de crear nuevas formas de organizar y gobernar los sistemas energéticos. Es un movimiento social y su objetivo es conseguir procesos energéticos más participativos y democráticos. las comunidades de energías renovables fueron reguladas en julio de 2020 a través de Real Decreto-Ley 23/2020 por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica. El objetivo social principal será ofrecer beneficios energéticos, de los que se derivarán también los medioambientales, económicos y sociales para sus miembros y para la localidad en la que desarrolla su actividad, más allá de generar una rentabilidad financiera. Es un modelo que apuesta claramente por la sostenibilidad.

Muy simplificado: una comunidad energética surge del concepto de autoconsumo compartido de energía eléctrica generada por fuentes renovables (fotovoltaica, eólica, etc...). La comunidad de energía es una iniciativa de un grupo de actores y nace con la creación de una entidad jurídica, (cooperativa, sociedad limitada o asociación, entre otras). Su fin principal es generar beneficios sociales y medioambientales en el entorno donde desarrolla su actividad.

“Si imaginamos tener una pequeña instalación fotovoltaica en casa, en la comunidad de propietarios o sobre el tejado de instalaciones municipales, y que la energía que produjésemos durante esas horas pudiera ser utilizada por otras familias o usuarios, pasaríamos a formar parte de una comunidad energética, donde en el momento en que otros utilizan la energía que producimos se genera un saldo, que utilizamos cuando lo necesitamos y no somos capaces de producir nosotros”, matizó Villero.

 


 

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