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La Policía Local de Cádiz ha explicado qué consecuencias legales tiene la reventa de localidades de cualquier espectáculo cultural o deportivo.

El Decreto 10/2003, de 28 de enero, prohíbe la venta y reventa de entradas y localidades, por lo que en todo momento se podrá proceder al decomiso.

La infracción, consistente en la "reventa no sometida a los medios de intervención administrativa que correspondan o venta ambulante ambulante de billetes y localidades, o la percepción de sobreprecios superiores a los autorizados, así como el favorecimiento de tales situaciones ilícitas por el empresario y organizador del espectáculo o actividad recreativa", pudiendo ser sancionado con una cuantía de 300,51 a 30.050,60 euros.

Un claro ejemplo se puede ver en conciertos o partidos de determinados deportes.

"Debemos tener mucho cuidado también en los casos en que se lo compramos a un tercero que no conocemos y nos exige el cobro por adelantado, dándose muchos casos de estafa en la reventa de localidades. Otro aspecto que se debe tener en cuenta es la validez de las entradas o tickets, pudiendo ser falsos en algunos casos".

 


 

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