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La Federación Española de Distribuidores de Gases Licuados del Petróleo (FEDGLP) ha aprobado la suspensión temporal del servicio de reparto domiciliario de bombonas de butano. Esta medida, que fue decidida en la Asamblea General de la Federación celebrada el 21 de octubre de 2024, entrará en vigor a partir del 5 de noviembre de 2024.

La suspensión, que afecta tanto a particulares como a empresas, tiene como objetivo exigir la actualización de la normativa vigente, específicamente la Orden IET/389/2015, y una retribución más justa por cada bombona repartida. Mientras dure esta medida, las bombonas de butano seguirán estando disponibles en los Puntos de Venta, y se garantizará el suministro a usuarios en situación de vulnerabilidad social, así como a centros educativos, sanitarios, residencias de mayores e instituciones sin ánimo de lucro.

El calendario de suspensión del reparto domiciliario de bombonas de butano incluye los días 5, 13, 21 y 29 de noviembre, así como el 5, 11, 17 y 23 de diciembre de 2024.

La FEDGLP ha destacado que esta decisión se debe a la falta de actualización en las comisiones por bombona repartida, que llevan más de una década sin ajustarse adecuadamente. El aumento de los costes operativos, como el carburante y los laborales, junto con las exigencias medioambientales, han hecho que las condiciones actuales de distribución sean insostenibles para las agencias, quienes señalan que han estado trabajando a pérdidas.

Un informe elaborado por la consultoría BDO España concluye que la retribución mínima necesaria para cubrir los costes del reparto debería ser de al menos 4,8 euros por bombona. Actualmente, las agencias reciben una compensación de 0,53 euros por kilogramo, una cifra cinco veces menor que la de otros servicios logísticos. Además, el precio de la bombona en España es significativamente más bajo que en otros países europeos, lo que agrava la situación de las distribuidoras.

Desde la Federación se espera que tanto los operadores como las autoridades competentes respondan a estas demandas lo antes posible para poder garantizar la continuidad del servicio y evitar el deterioro del sector.

El Real Decreto-Ley 11/22 de protección de los consumidores congeló el precio máximo de venta de la bombona en 19,55 euros, y la actualización solicitada de la Orden IET/389/2015 permitiría mantener este precio competitivo en España, asegurando a su vez la calidad del servicio de reparto domiciliario.

 


 

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