La plataforma Marea Blanca Medina Sidonia S23 ha solicitado un informe al magistrado Manuel Gutiérrez Luna, ex presidente de la Sala de Apelación Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en relación con los graves problemas de listas de espera médicas que afectan a los ciudadanos andaluces. El documento se centra en las demoras para intervenciones quirúrgicas, consultas especializadas y atención en centros de salud, ambulatorios y consultorios, tanto en ciudades como en núcleos de población.

En el informe remitido por Gutiérrez Luna, se señala que el artículo 43 de la Constitución Española establece que "se reconoce el derecho a la protección de la salud", obligación que los poderes públicos deben garantizar mediante "medidas preventivas y prestaciones y servicios necesarios". Sin embargo, el magistrado asegura que "es patente el incumplimiento de forma reiterada del derecho fundamental a la salud" en Andalucía, debido a los frecuentes incumplimientos de los plazos establecidos por las normativas sanitarias estatales y autonómicas.

El informe aborda preguntas específicas formuladas por la plataforma asidonense. En relación con los casos urgentes, Gutiérrez Luna indica que "al incumplirse los plazos de atención médica, se dan casos de personas que han llegado a fallecer cuando les toca el turno de asistencia". Además, el magistrado explica que, en estos casos, muchas personas optan por acudir a centros privados para recibir atención inmediata, reclamando posteriormente los costes a través de la jurisdicción contencioso-administrativa. Según el magistrado, "hay bastantes casos de resoluciones judiciales en esa jurisdicción que dan la razón a quien reclama la cantidad que ha debido abonar para ser asistido, y no se le dio en la sanidad pública".

Otra cuestión destacada es la posibilidad de negligencias médicas vinculadas a los retrasos. El magistrado explica que la negligencia "supone una falta de cuidado o atención a una persona, y que, al prestarse tardíamente, lleva consigo secuelas o incluso muerte". Sin embargo, aclara que para que una negligencia se considere constitutiva de delito, debe haber un descuido grave por parte del profesional sanitario. Ejemplos mencionados incluyen errores graves como amputaciones equivocadas o la ausencia del anestesista durante una intervención quirúrgica. No obstante, señala que en la mayoría de los casos relacionados con listas de espera, el problema radica en "un mal funcionamiento del servicio" y no en un incumplimiento de la lex artis médica.

El magistrado también responde a una pregunta sobre las indemnizaciones por mal funcionamiento del servicio sanitario, destacando que estas suelen reclamarse ante el Servicio Andaluz de Salud (SAS) mediante procedimientos contencioso-administrativos. Estas reclamaciones se fundamentan en la pérdida de expectativas de curación derivadas de las listas de espera excesivas, lo que se enmarca en la doctrina de la pérdida de oportunidad. Gutiérrez Luna ejemplifica este punto con sentencias recientes. Por ejemplo, una resolución del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid de 20 de enero de 2022 concedió 60.000 euros a un paciente cuya rotura de tendón no fue tratada a tiempo, mientras que otra sentencia del TSJ de A Coruña de 16 de diciembre de 2022 otorgó 30.000 euros por una demora de nueve meses en una intervención quirúrgica que agravó la condición del paciente.

Para abordar la problemática, el magistrado menciona estrategias implementadas en otros sistemas sanitarios, como la mejora en la planificación y gestión de recursos y la contratación de profesionales cualificados en gestión de operaciones. Además, propone que los ciudadanos afectados presenten demandas contencioso-administrativas contra la Junta de Andalucía y su Consejería de Salud, solicitando medidas cautelares que garanticen mejoras inmediatas mientras se resuelven los procesos judiciales. Estas medidas podrían incluir "la planificación y gestión de recursos, la contratación de profesionales cualificados y la optimización del uso de quirófanos".

En su análisis, Gutiérrez Luna subraya que recurrir a procesos penales suele resultar ineficaz, ya que los hechos denunciados no suelen constituir delito. En cambio, recomienda la vía administrativa como un mecanismo más adecuado para exigir a las autoridades sanitarias el cumplimiento de las normativas y garantizar el derecho a la salud.

El informe concluye con un llamamiento a los poderes públicos para que adopten medidas urgentes que solucionen los problemas estructurales del sistema sanitario en Andalucía, respetando los plazos de atención establecidos en las leyes y asegurando el acceso efectivo a los servicios médicos para todos los ciudadanos.

 


 

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