Desde el 28 de diciembre de 2024, entra en vigor la normativa que establece como obligatorio el uso del conector de carga tipo USB-C en una amplia gama de dispositivos electrónicos en España. Esta regulación aplica a teléfonos móviles, tabletas digitales, cámaras digitales, auriculares, videoconsolas portátiles, altavoces portátiles, lectores de libros electrónicos, teclados, ratones, sistemas portátiles de navegación y auriculares internos. En el caso de los ordenadores portátiles, la obligatoriedad se implementará a partir del 28 de abril de 2026.
La normativa, enmarcada en la modificación del Real Decreto 188/2016 de 6 de mayo y derivada de una imposición de la Unión Europea, tiene como objetivo principal ofrecer una mayor comodidad a las personas usuarias mediante un sistema de carga común. Además, busca reducir la generación de residuos electrónicos y minimizar costes innecesarios.
Otra de las disposiciones incluidas establece la opción para las personas consumidoras de adquirir dispositivos sin cargador. Para garantizar la claridad en la oferta, los empaques deberán indicar mediante un pictograma si incluyen o no un cargador. En el caso de las compras en línea, esta información deberá mostrarse junto al precio.
La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía subraya la disponibilidad del servicio ‘Consumo Responde’ para aclarar cualquier duda o consulta relacionada con esta regulación. Este servicio, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo, ofrece atención gratuita mediante el número 900 21 50 80, el correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., la página web www.consumoresponde.es, y sus perfiles en X, Facebook e Instagram. También se puede obtener asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Consumo, en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.
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