gafas sol

Las gafas de sol no son solamente un complemento o adorno estético, son accesorios esenciales para proteger nuestros ojos de la luz solar durante todo el año, especialmente en los soleados días de primavera y verano, actuando como barrera frente a las radiaciones nocivas. La Dirección General de Consumo quiere hacer hincapié en los aspectos que deben tener en cuenta las personas consumidoras a la hora de adquirir unas gafas de sol.

Es fundamental acudir a establecimientos de confianza, preferiblemente adheridos al Sistema Arbitral de Consumo. Antes de proceder a la compra, debemos cerciorarnos de que las gafas cuentan con una protección total contra la radiación ultravioleta y con un tipo y categoría de filtro adecuados al tipo de actividad para la que se vayan a utilizar.

El etiquetado de las gafas de sol es un elemento fundamental, donde debe figurar el marcado CE, que indica el cumplimiento de las normas de seguridad y requisitos legales para ser comercializadas en la UE. Además de identificar el modelo y la entidad fabricante o suministradora, en el etiquetado debe constar una referencia a la norma ISO 12312 (Protección ocular y facial: gafas de sol y accesorios relacionados). 

Las personas consumidoras y usuarias deben valorar la actividad para la que van a utilizar las gafas de sol y, dependiendo de la misma, elegir el filtro adecuado. En este sentido, existen cinco tipos de filtro, desde la ‘Categoría 0’ a la ‘Categoría 4’, indicadoras del nivel de protección frente al deslumbramiento. Así, las gafas de sol de ‘Categoría 0’ y ‘Categoría 1’ presentan poca protección frente al deslumbramiento, pensadas para situaciones de luminosidad muy baja o baja, respectivamente (espacios interiores o semicubiertos, días nublados o con poca luz).

A partir de la ‘Categoría 2’ y hasta la ‘Categoría 4’, las gafas de sol presentan una buena, alta o muy alta protección (días soleados, fuerte luminosidad y, en la categoría más alta, son aptas para deportes de alta montaña, como el esquí, y deportes acuáticos). No obstante, las gafas de mayor protección (‘Categoría 4’) no son válidas para la conducción de vehículos.

Si las gafas de sol estuvieran destinadas a la infancia, hay que tener un cuidado especial, puesto que las gafas de juguete pueden no ofrecer la adecuada protección contra las radiaciones ultravioleta.

Consumo Responde

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página www.consumoresponde.es, del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; y de los perfiles de Twitter (@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram (@consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

 


 

Envíanos tus vídeos, fotos, denuncias y noticias por WhatsApp (645 33 11 00)


 

Portal de Cádiz Social