La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado a la ministra de Igualdad, Irene Montero, a indemnizar con 18.000 euros a Rafael Marcos, exmarido de María Sevilla, la expresidenta de la asociación Infancia Libre. Esta condena surge a raíz de la presentación de Marcos como un "maltratador" por parte de Montero.

Según la sentencia, pronunciada el 8 de junio (910/2023) y firmada por los magistrados Francisco Marín Castán, María de los Ángeles Parra Lucán y José Luis Seoane Spiegelberg, la ministra Montero vulneró el derecho al honor de Marcos con sus declaraciones en la inauguración de la nueva sede del Instituto de las Mujeres el 25 de mayo de 2022, y con la publicidad dada a estas palabras en su cuenta de Twitter.

El exmarido de Sevilla, quien reclamaba originalmente una indemnización de 85.000 euros, alegó en su demanda que Montero le presentó como un "maltratador, tanto de su hijo como de su ex pareja". Ahora, el Supremo estima parcialmente su demanda, y establece la cantidad de la indemnización en 18.000 euros, por daño moral.

Además de la indemnización, el tribunal ordenó a la ministra Montero la publicación en su cuenta de Twitter del encabezamiento y fallo de la sentencia, la eliminación del tuit publicado el 25 de mayo de 2022 que compartía el video del discurso en cuestión, y la publicación del encabezamiento y la parte dispositiva de la resolución en un periódico de ámbito nacional.

En sus fundamentos, el Tribunal Supremo rechazó la defensa de Montero basada en la inviolabilidad parlamentaria y la supuesta falta de identificación explícita del demandante. El Supremo consideró que las expresiones de Montero, al carecer de una base fáctica objetiva que permitiera sostenerlas con el mínimo rigor exigible, constituyen una vulneración del derecho al honor de Marcos.

Los magistrados concluyeron que Montero no podía desconocer que los destinatarios de sus palabras asociarían a la indultada Sevilla con la condición de víctima de violencia de género, y a Marcos con la de maltratador, a pesar de no existir resolución judicial que permita tal conclusión.

 


 

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