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El Ayuntamiento de Rota, a través de un nuevo bando firmado por el alcalde José Javier Ruiz Arana, ha anunciado actualizaciones en las restricciones por sequía inicialmente emitidas el pasado 5 de junio de 2024. Estas nuevas medidas responden a las últimas resoluciones de la Comisión de Sequía de la Demarcación Hidrográfica Guadalete-Barbate y permiten flexibilizar ciertas restricciones previas.

José Javier Ruiz Arana, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Rota, en uso de las facultades contempladas en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, expone que debido a la situación excepcional de sequía que afecta a la provincia, con fecha 3 de junio de 2024, se publicó un Bando Municipal con recomendaciones y prohibiciones en el uso del agua potable, conforme a las directrices establecidas por la Comisión de Sequía de la Demarcación Hidrográfica Guadalete-Barbate, dependiente de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía.

Tras diversas resoluciones adoptadas por la Comisión de Sequía, se han flexibilizado las medidas. Ante las nuevas recomendaciones y posibilidad de autorizaciones, se ha visto conveniente actualizar la información que debe conocer la ciudadanía a través del presente bando de alcaldía.

Se comunica lo siguiente:

Primero.- Está permitido:

  • El uso y llenado de las piscinas de uso público, tales como las de comunidades de propietarios, spas, alojamientos turísticos y campings, siempre que dispongan de un sistema de recirculación del agua.
  • El uso de piscinas privadas que se encuentren llenas, autorizando únicamente el llenado parcial por pérdidas por evaporación o limpiezas.
  • El riego de jardines y zonas verdes, tanto públicas como privadas, hasta un límite de 20 l/m2 y mes.
  • El baldeo de calles por motivos de salud pública.
  • El uso de fuentes bebedero.
  • El uso de agua para hidrolimpiadoras y máquinas de limpieza de vía pública.
  • El riego de zonas verdes y campos de golf de Costa Ballena con agua regenerada no apta para el consumo.

Segundo.- Se mantiene prohibido el uso de agua potable en los siguientes casos:

  • Llenado de piscinas, estanques y fuentes privadas sin sistema de recuperación o circuito cerrado, así como el primer llenado de piscinas de carácter particular sin autorización excepcional de la Junta de Andalucía.
  • Llenado y uso de piscinas desmontables e hinchables.
  • Lavado con manguera de todo tipo de vehículos fuera de los establecimientos autorizados.
  • Instalaciones de refrigeración y acondicionamiento sin sistema de recuperación o circuito cerrado.
  • Disposición de bocas de riego y manipulación en la red de distribución general sin autorización, salvo en casos de incendio.

Este bando entrará en vigor el mismo día de su publicación, el 17 de junio de 2024, y continuará vigente hasta nuevo aviso.

 


 

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