El 28 de diciembre de 2021 se promulgó la ley 20/2021 sobre medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público. Desde la entrada en vigor de la norma se han suscitado diferentes dudas sobre su aplicación, a través de soluciones como los denominados procesos de estabilización. El Área de Cooperación y Asistencia a Municipios de Diputación se ha implicado en la resolución de estas interrogantes, prestando su asistencia técnica y jurídica a las entidades locales de la provincia de Cádiz, a través de dos servicios: el SAEL y el de Formación.

Ya se han celebrado varios foros con los Ayuntamientos y esta semana se renueva esta interlocución con el desarrollo de tres encuentros; el primero se ha celebrado hoy en Alcalá de los Gazules y mañana martes se contempla doble sesión: a las 12.00 horas en el Ayuntamiento de Algodonales y a las 17.00 horas en el Ayuntamiento de El Bosque.

La reunión ya celebrada en Alcalá de los Gazules ha estado presidida por el responsable del Área de Cooperación y Asistencia a Municipios, Javier Pizarro. En el encuentro se han expuesto las gestiones emprendidas por Diputación desde las últimos foros que se celebraron en mayo. Desde entonces, y a través del SAEL, se ha solicitado un informe a la Federación Española de Municipios y Provincias sobre diferentes dudas en el procedimiento. En su respuesta, la FEMP establece que no se puede aplicar cupo reservado a personas con discapacidad en Ofertas de Empleo Público que incluyan plazas referidas en las disposiciones adicionales sexta y octava de la ley 20/2021 (reconocidas de carácter estructural y ocupadas con anterioridad a 1 de de enero de 2016). El mismo informe no admite puntuar en mayor medida la experiencia acumulada en la entidad convocante, salvo en puestos concretos y fundamentado en las funciones a desempeñar.

El encuentro con los Ayuntamientos también permite trasladar el resultado de las conversaciones mantenidas con la Junta de Andalucía, al objeto de acordar las bases de selección de personal. Al respecto, se han explicado los supuestos que pueden resolverse mediante concurso de valoración de méritos (aplicable para personal con al menos 15 años de servicio), y aquellos que se regirán por concurso-oposición. En la reunión se mostraron igualmente las consideraciones jurídicas de la Administración General del Estado.

 


 

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