El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía ha dado la razón al Ayuntamiento de El Puerto de Santa María en relación con el procedimiento de adjudicación del Servicio de Ayuda a Domicilio. La entidad ECILIMP S.L., que interpuso un recurso especial en materia de contratación, ha visto desestimadas todas sus alegaciones.
El recurso presentado por ECILIMP conllevó inicialmente una paralización cautelar de la adjudicación del servicio en El Puerto. Dicha paralización se levanta con el fallo del Tribunal fechado el 8 de septiembre de 2023, que revoca la Resolución M.C. 80/2023 de 4 de agosto, emitida por el mismo organismo judicial.
El 27 de julio, tras la publicación del pliego de condiciones por parte del Ayuntamiento de El Puerto, ECILIMP presentó una reclamación. El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales dictó entonces una paralización cautelar sobre la adjudicación del servicio, que contempla un importe superior a los 5,6 millones de euros y reconoce a las trabajadoras un máximo de 35 horas de jornada laboral.
En el fallo, se destacan "los elementos necesarios" en la licitación para que las entidades puedan delimitar sus ofertas "de manera cierta", así como la "rigurosidad" de las cifras aportadas por el órgano de contratación en la estimación de las horas de servicio.
El recurso de ECILIMP se basaba en cuatro aspectos clave: la falta de concreción de los pliegos en el método de cálculo del presupuesto base de licitación; la indefinición del criterio de valoración 'Plan de formación'; la normativa no ajustada en el criterio 'Servicios complementarios'; y la subjetividad en la determinación de la experiencia necesaria del personal a subrogar. Sin embargo, el Tribunal ha dado la razón al Ayuntamiento de El Puerto, que ha refutado de manera satisfactoria estos cuatro puntos.
Tras este fallo, el procedimiento de licitación del contrato para los Servicios de ayuda a domicilio continuará su curso con normalidad, al quedar levantada la suspensión que lo afectaba.
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