El Colegio de Enfermería de Cádiz impartirá talleres de primeros auxilios  en la Feria del Mayor Activo 2023

El Colegio de Enfermería de Cádiz se encuentra actualmente en un momento crítico, inmerso en un proceso electoral que finalizará este jueves 18 de enero con la jornada de votaciones. En esta contienda participan dos candidaturas, una liderada por el actual presidente, Rafael Campos Arévalo, y otra por Antonio Juliá Lozano. Recientemente, el Colegio se ha visto obligado a responder a varias acusaciones lanzadas en su contra, especialmente en un artículo publicado el 13 de enero de 2024 en el Diario de Cádiz y en diversas plataformas de redes sociales por parte de Antonio Juliá Lozano, candidato a la presidencia. Estas alegaciones, que cuestionan la objetividad y transparencia del proceso electoral, especialmente en lo referente a la modalidad de voto por correo y la impresión de papeletas, han llevado a la Junta Directiva del Colegio a emitir un comunicado detallado para aclarar la situación y defender la integridad del proceso electoral.

El comunicado íntegro es el siguiente:

 

El Colegio de Enfermería de Cádiz se encuentra en estos momentos inmerso en un proceso electoral que finaliza el próximo jueves 18 de enero, día de las votaciones, y a dicho proceso concurren dos candidaturas, una encabezada por el presidente actual, Rafael Campos Arévalo y otra por Antonio Juliá Lozano.
 
Ante las manifestaciones vertidas contra este Colegio y su Junta Directiva, en Diario de Cádiz de fecha 13 enero de 2024 y en redes sociales, por parte del candidato D. Antonio Juliá Lozano, respecto del proceso electoral convocado, resulta obligado para esta Junta Directiva salir al paso de las mismas a los efectos de poner de manifiesto la objetividad y transparencia del procedimiento.
 
En este sentido, ante la acusación de “modificación del Sistema de voto por correo”, debemos manifestar que, esta modalidad de voto por correo y las condiciones para su ejercicio, están reguladas en el artº 50 de los Estatutos del Colegio de Enfermería de Cádiz, aprobados mediante Orden de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, publicada en el BOJA de 17 noviembre del año 2022 y, conforme a tales previsiones se está llevando a cabo. Cosa distinta han sido las incidencias que se han ido produciendo a lo largo del proceso electoral y que han sido puntualmente resueltas por la Junta Directiva según la establecida en el artº 38,1 ee, y publicando y/o notificando a los interesados, mediante resoluciones con pie de recurso.
 
De este modo, las incidencias surgidas y denunciadas por el Sr. Juliá han sido:

  • Que, se iba a proceder a llamar por teléfono, por parte del personal del Colegio, a los solicitantes por correo para comprobar su identidad, cuestionando con ello la actividad de control de las solicitudes que corresponde al secretario del Colegio.  En este sentido, recordamos que el art.º 50,2 b) establece esta competencia en relación con el control de autenticidad de los datos de los solicitantes del voto. 

 
Para la mayor claridad se publicó en la página Web del Colegio, el detalle del sistema establecido en los estatutos, paso a paso, para ejercer el sufragio en esta modalidad. Ello, naturalmente, sin perjuicio de que, como antes se dijo, en su caso, por parte del Sr. secretario del Colegio, se pudiesen adoptar puntualmente las medidas estatutarias oportunas. Por tanto, no se cambió nada en absoluto.
 

  1. Respecto a “La manipulación de las papeletas de su candidatura enviando otras de dimensiones más reducidas y con un recuadro en negro”.  En relación a este asunto, el Sr. Julia es conocedor de que hubo un error técnico producido y admitido por la propia imprenta responsable, en la elaboración de las papeletas. Un fallo que afectó a las papeletas de ambas candidaturas, no sólo a las del Sr. Juliá y así se le notificó el día 26 de diciembre 2023, en respuesta al escrito que presentó ese mismo día, aclarándole que dicho asunto no sería un problema y que la Mesa Electoral considerará válidos ambos modelos de papeletas.

  2. Según continúa, se produjo “La negativa caprichosa y que no se ajusta a lo que determinan los Estatutos, de la Junta en funciones a imprimir más papeletas para la lista de Juliá”.

 
Los Estatutos del Colegio Oficial de Enfermería de Cádiz, contemplan en su artículo 50 sobre Procedimiento Electoral, en su apartado nº 2 LL”): “Las diversas candidaturas podrán, si lo estiman conveniente, solicitar del Colegio, al presentarlas, la impresión de las papeletas y sobres, con los nombres de los candidatos, en el cargo a que cada uno de los mismos aspira, así como la lista de suplentes a los efectos de estos Estatutos. Estas papeletas y sobres serán editadas por el Colegio y su coste será abonado por cada candidatura solicitante.”
 
Así lo hicieron ambas candidaturas, para poder disponer de ellas el día 12 de diciembre, fecha de comienzo de la campaña electoral. En este sentido hay que aclarar, que la candidatura del Sr. Juliá solicitó el 1 de diciembre presupuesto de distintas cantidades de sobres y papeletas y fue el jueves día 7 de diciembre, en pleno puente de la Inmaculada y fin de semana, cuando realizó la petición de 500 unidades de sobres y papeletas que les fueron encargados con la mayor celeridad a la imprenta y que fueron retirados personalmente en el Colegio por el candidato el miércoles 13 de diciembre, es decir, 1 día después del comienzo de la Campaña Electoral, circunstancia esta achacable única y exclusivamente a la tardanza del propio Sr. Juliá en realizar el pedido definitivo una vez que ya disponía del presupuesto.
 
Como recogen los Estatutos, (artº 38,1 e) y el artículo 50,2, apartado LL), el único e inexcusable momento que se contempla para solicitar unidades de sobres y papeletas, es en el inicio del proceso, en el momento en el que se presentan las candidaturas. Cabe aclarar que las dos candidaturas han tenido una sola oportunidad para solicitar sobres y papeletas y que las dos han tenido que hacer frente al coste de las mismas.
 
A pesar de ello, más adelante, con fecha del viernes 29 de diciembre, el Sr. Juliá volvió a solicitar otras 500 papeletas para su campaña electoral. Siguiendo escrupulosamente lo que establecen los Estatutos, previa consulta con el gabinete jurídico y la candidatura contraria, la Junta Permanente por unanimidad decidió, no acceder a la solicitud realizada por la candidatura encabezada por D. Antonio Juliá Lozano.
 
Así se le notificó por el secretario en funciones al solicitante y se le indicó a la vez que “la suficiencia de sobres y papeletas para todos los colegiados estaba garantizada”.

  1. No es cierta la afirmación de que “se ha cerrado la sede de Algeciras”, miente el Sr. Juliá. Muy distinto resulta que siendo la sede provincial, la única para emitir el voto presencial, para soslayar esta dificultad para los residentes lejanos, nuestros estatutos prevén, la regulación del voto por correo.

  2. D. Antonio Juliá afirmó “La mesa electoral ha sido elegida a dedo por el presidente, que ha diseñado una serie de amigos vinculados a su candidatura”. Los Estatutos dicen textualmente que “...En este acto, la Junta Directiva, nombrará al Presidente y a los dos Vocales de la Mesa Electoral, así como sus respectivos sustitutos entre los colegiados que se encuentren al corriente de sus obligaciones con el Colegio, uno de ellos hará de Secretario”. Esta regla es la que imperativamente hay que cumplir.  El citado texto no deja lugar a dudas, pero entendemos importante añadir que en la designación de los componentes de la Mesa Electoral se ha tenido en cuenta exclusivamente a colegiados/as competentes con capacidad para analizar, gestionar y dirimir las diversas situaciones que se puedan presentar.


Queremos hacer constar que dado el tono continuo de agresividad, difamación y de intentos de desprestigio con el que se ha empleado el candidato Sr. Juliá, y en ocasiones algún miembro de su candidatura, desde incluso antes de que diera comienzo la Campaña Electoral, hemos solicitado al Consejo Andaluz de Colegios de Enfermería, y ha sido aceptado el nombramiento de un Observador que informará y dará fe sobre las incidencias que puedan producirse dentro y fuera de la sede, el procedimiento de verificación y recuento de votos, y todo aquello que de alguna forma pudiera alterar el normal desarrollo de la jornada.
 
A la vista de lo anterior, se valora, la posibilidad de que, en realidad, la conducta de D. Antonio Juliá supone una intencionada tergiversación de los acontecimientos y una utilización indebida de la Administración de Justicia, mediante una denuncia falsa para crear noticias electorales que confundan a la opinión pública con manifestaciones calumniosas para obtener, sin pudor, un beneficio electoral ilícito.
 
Consecuente con lo anterior:  Se acuerda por unanimidad estudiar la posibilidad de presentar querella criminal contra D. Antonio Juliá, habida cuenta las difamaciones allí contenidas porque, aun reconociendo el derecho a denunciar que nos asiste a los ciudadanos, su ejercicio, como todo otro, carece de carácter absoluto, al estar sometido a ciertos requisitos relacionados con la veracidad y la ausencia del ánimo de injuria. De forma que cuando se producen denuncias penales falsas, se puede incurrir en un delito castigado con prisión de seis meses a dos años.

 


 

Envíanos tus vídeos, fotos, denuncias y noticias por WhatsApp (645 33 11 00)


 

2024 portal de caudiz 300 x 300 px eee84

Portal de Cádiz Social