El Ayuntamiento de Bornos ha abierto la convocatoria de subvenciones destinadas a agrupaciones y carrozas que participen en el Carnaval de Bornos 2025. Estas ayudas tienen como finalidad financiar los gastos derivados de su participación en los festejos.
Las subvenciones estarán sujetas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto municipal de 2024 prorrogado a 2025. En caso de que dicho crédito no se apruebe finalmente, el procedimiento será anulado. Si el crédito aprobado resulta inferior al previsto, se ajustará la distribución de ayudas.
Para el ejercicio 2025, se ha habilitado una aplicación presupuestaria con una asignación de 338.480,02 euros. Los importes de las ayudas establecidas son de 800 euros para agrupaciones y dos modalidades para carrozas: una primera de 600 euros y una segunda de 1.000 euros. Los solicitantes que opten a la ayuda para carrozas deberán elegir una de las dos modalidades.
El objetivo de estas subvenciones es fomentar la participación en los carnavales de 2025, en línea con los objetivos del área de Fiestas del Ayuntamiento de Bornos. La concesión de las ayudas se regirá por los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
Podrán solicitar la subvención las agrupaciones y carrozas que participen en el Carnaval de Bornos 2025, presentando el formulario de solicitud incluido en el Anexo I de la convocatoria. La instrucción del procedimiento corresponde a la Delegación de Participación Ciudadana, mientras que la resolución será competencia de la Concejalía de Hacienda.
Las solicitudes deberán presentarse en el Registro de entrada del Ayuntamiento o mediante los medios previstos en la Ley 39/2015, en un plazo de 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Si una solicitud no cumple los requisitos, el interesado dispondrá de un plazo máximo e improrrogable de 10 días para subsanar los errores, de lo contrario se considerará desistida.
Una vez evaluadas las solicitudes, se formulará una propuesta de resolución, notificándose a los interesados. La resolución indicará los beneficiarios y, en su caso, la desestimación expresa del resto de solicitudes. Si no se notifica en el plazo máximo, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
Las subvenciones serán abonadas tras la notificación a los beneficiarios. La justificación del gasto deberá realizarse ante el Ayuntamiento en un plazo máximo de tres meses, presentando facturas u otros documentos de valor probatorio. Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones siempre que tengan la misma finalidad y se ubiquen dentro de los límites legales establecidos.
En caso de infracciones, sanciones o reintegro de la subvención, se aplicará la Ley General de Subvenciones y su normativa de desarrollo. La resolución de la concesión agotará la vía administrativa, pudiendo recurrirse en los plazos establecidos por la Ley 39/2015.
Las notificaciones se realizarán en el lugar y por el medio indicado en la solicitud del interesado, conforme a la normativa vigente.
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