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El pleno del Ayuntamiento de Medina Sidonia en una sesión extraordinaria celebrada en la tarde noche del jueves, han dado luz verde a la firma de un convenio de colaboración con asociación local "La Almáciga".
Desde la delegación municipal de Medio Ambiente, Medio Rural y Agrícola han subrayado “hoy (por ayer) es un día importante en nuestro municipio. Gracias a la iniciativa que la asociación local "La Almáciga" le hizo llegar a esta delegación y tras la tramitación de su expediente, se ha aprobado en el pleno municipal la adhesión del ayuntamiento a la Red de Municipios por la Agroecología.

Esta adhesión permitirá ser a Medina Sidonia uno de los primeros municipios en desarrollar políticas agrícolas y alimentarias ecológicas, en consonancia con el medio ambiente y la economía circular, apostando por una alimentación saludable y un comercio justo en cuanto a los pequeños productores se refiere.

“Y también nos permite, destacan. estar a la vanguardia en la transición hacia un modelo más ecológico y más justo, apostando por el canal directo de comercialización de productos”. Por tanto, aseguran “seguiremos trabajando con el tejido asociativo para llevar a cabo proyectos de tal calado”.

Esta adhesión permitirá ser a Medina Sidonia uno de los primeros municipios en desarrollar políticas agrícolas y alimentarias ecológicas, en consonancia con el medio ambiente y la economía circular, apostando por una alimentación saludable y un comercio justo en cuanto a los pequeños productores se refiere.

Esto nos permite estar a la vanguardia en la transición hacia un modelo más ecológico y más justo, apostando por el canal directo de comercialización de productos.

El pleno corporativo aprobó el Expediente nº: 104/2024. Área de Medio Ambiente. Adhesión a la Red de Municipios por la Agroecología, teniendo en cuenta que “El sistema agroalimentario permite distribuir productos que cumplen la función de la alimentación humana en una sociedad determinada. Sin embargo, su globalización está afectando de manera clara a los sistemas agroalimentarios locales y tiene importantes impactos ambientales, sociales y económicos:- La cadena de valor de productos alimentarios está muy desequilibrada y la producción primaria recibe una mínima parte del valor producido.- Se han perdido casi dos millones de puestos de trabajo y miles de explotaciones agrarias, hecho que incide claramente en la despoblación rural.- Cada vez hay mayor dependencia de la agricultura y ganadería de los insumos utilizados (fertilizantes, fitosanitarios, semillas etc) y un monopolio de facto en la ventas de la industria agroalimentaria y la gran distribución.- La producción y el consumo se han desvinculado entre sí, generando una ruptura con los territorios rurales y su desarrollo económico. Cada vez existen más enfermedades crónicas y muertes prematuras vinculadas a la mala alimentación y falta de ejercicio físico”

Por otra parte se apoyan a la hora de llevar adelante la iniciativa en “La falta de acceso a productos frescos, sanos y sostenibles a un precio justo, especialmente entre las personas más vulnerables, se hace cada vez más común. Los sistemas alimentarios actuales son insostenibles ambientalmente. Se emplean grandes cantidades de sustancias tóxicas y se generan importantes residuos, se desperdician alimentos, se está alterando el clima, se ha transformado el suelo y el paisaje promoviendo la desertificación, se despilfarra agua, se han roto los ciclos biogeológicos y naturales de los ecosistemas, y se están agotando los recursos naturales a una velocidad vertiginosa”.

En definitiva, inciden en que “ el sector agroalimentario es la actividad de consumo que más impacto genera en nuestras sociedades. La agroecología, como triple enfoque (ciencia, conjunto de prácticas y propuesta política), debe ser la base para la recuperación del equilibrio entre naturaleza y sociedad, minimizando los impactos negativos de la producción, transformación, distribución, consumo y deshecho de alimentos e impulsando sistemas alimentarios locales y sostenibles.

Esta visión está en consonancia con el creciente reconocimiento de la importancia de la alimentación y las políticas alimentarias locales en la agenda política internacional durante los últimos años en diferentes ámbitos y escalas: Carta de Aalborg (1994), Nueva Agenda Urbana ( Cumbre Hábitat III, Quito 2016), Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre “La agricultura periurbana” (2005/C 74/12), Carta de Agricultura Periurbana (2010), Agenda 2023, Pacto de Política Alimentaria Urbana de Milán (2015), Directrices Voluntarias para alcanzar el Derecho a una Alimentación adecuada (FAO 2015).

“Los enfoques agroecológicos y otros enfoques innovadores, en favor de la sostenibilidad de la agricultura y los sistemas alimentarios que mejoran la seguridad alimentaria y la nutrición (Comité de Seguridad Alimentaria Mundial 2019) y las Estrategias de la granja a la mesa y sobre biodiversidad para 2023, presentadas por la Comisión Europea en 20202.

Para destacar “En nuestro territorio debemos resaltar la Carta por una Soberanía Alimentaria desde nuestros municipios (2014) y el Pacto Intervengas por la Soberanía Alimentaria, la Educación Ambiental y la Sostenibilidad de Territorio (2015). Tercero.- A pesar de la importancia de la alimentación, ni la Administración General del Estado ni las CCAA, disponen de políticas alimentarias que permitan enfrentarse de forma holística a los retos del sistema agroalimentario y la alimentación del siglo XXI. Desde la Red de Municipios por la Agroecología, se entienden como políticas alimentarias locales las acciones aisladas o agrupadas de las entidades locales para intervenir en los sistemas alimentarios, los ambientes alimentarios y las dietas de la población, a partir de la aplicación de las competencias propias de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. La Red de Municipios por la Agroecología, es la entidad estatal que articula a las entidades locales y supramunicipales con los siguientes principios: El trabajo en políticas alimentarias locales sostenibles basadas en la agroecología y su visión holística y transformadora de los sistemas alimentarios. La búsqueda de sistemas alimentarios locales sostenibles, resilientes y respetuosos con el medio ambiente, inclusivos, seguros y diversificados para asegurar comida saludable, sostenible y accesible al conjunto de la población, y potenciadores del empleo local. La creación de un espacio plural, compuesto por todos los actores territoriales que promueven sistemas alimentarios locales adaptados a Código Seguro las diferentes realidades del estado, como son las entidades locales y supramunicipales, acompañadas por las organizaciones sociales, actores económicos, la producción y la investigación local, entre otros.- La cooperación y el intercambio de conocimiento para la innovación en políticas alimentarias y en la mejora de la gobernanza en los sistemas alimentarios locales.

Con la adhesión aprobada por el Cabildo, “nos integraríamos a una red de municipios que integra los principios anteriormente señalados y se adquiere un compromiso de desarrollar y ejecutar planes de acción con medidas concretas y específicas para alcanzarlos, a construir un ideario que dé cohesión y proyección de futuro a la Red y a cumplir con los Estatutos y el Reglamento de Régimen Interno de la Asociación. De forma específica, y dentro de nuestras posibilidades, promoveremos y pondremos en marcha las 13 propuestas clave de la Red de Municipios por la Agroecología, englobadas en cuatro bloques: 1. Preparación de las administraciones locales para las políticas alimentarias: Conocer el sistema y el entorno alimentario local y las dietas de la población. Fomentar el planeamiento territorial alimentario. Desarrollar y fortalecer estructuras y espacios de gobernanza alimentaria y mejorar la coordinación entre todos ellos. Mejorar el seguimiento y evaluación de las políticas alimentarias locales. 2. Cambiar las normativas y otras variables que influyen en el sistema y el entorno alimentario y las dietas de la población: Regular ciertas cuestiones ambientales. Preservar el suelo fértil y priorizar su empleo para la alimentación. Impulsar la economía circular y local en el sistema alimentario. Fomentar la investigación, formación e innovación local para el sector primario. 3. Transformar el sistema de producción y distribución de alimentos: Mejorar las condiciones del sector productor de alimentos. Promover la venta directa y los canales cortos de comercialización y facilitar la distribución y logística de pequeñas producciones locales basadas en la agroecología. 4. Mejorar el entorno y el comportamiento alimentario de la sociedad: Sensibilizar, educar y formar para avanzar hacia una alimentación más sostenible y saludable. Favorecer el acceso a la alimentación saludable y sostenible para la población más vulnerable. Fomentar la compra pública alimentaria saludable y sostenible. Además, nos comprometemos a pagar anualmente las cuotas que se expondrán a continuación, y a nombrar a representantes políticos y técnicos para participar en la Asociación.

La cuota asignada para municipios de entre 10.001 a 50.000 habitantes es de 500,0 euros anuales.

Por último, el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, después de establecer que el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en este artículo. Añade en su apartado 2 que el Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas. Esta competencia genérica ha de ser reforzada con lo que se dispone en el artículo 9.12 de la Ley y 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, que atribuye a los municipios la competencia de Promoción, defensa y protección del medio ambiente, que incluye entre otras, la programación de actuaciones en materia de información ambiental y de educación ambiental para la sostenibilidad Esta delimitación competencial ha sido interpretada de una manera no literal por nuestro alto Tribunal en la sentencia del Tribunal Constitucional, Pleno, 54/2017 de 11 May. 2017, Rec. 1996/2014, que dice lo siguiente: “El artículo 25.2 LBRL es nada más que "una garantía legal (básica) de autonomía municipal (arts. 137 y 140 CE) a través de la cual el legislador básico identifica materias de interés local para que dentro de ellas las leyes atribuyan en todo caso competencias propias en función de ese interés local". Así lo ha declarado la STC 41/2016, FJ 10, que insistió en que el artículo 25.2 LBRL no impide que las Comunidades Autónomas atribuyan competencias propias fuera de las materias enumeradas; pretende que los municipios dispongan de competencias propias al menos ("en todo caso") en esas materias. Consecuentemente, "en los ámbitos excluidos del listado del artículo 25.2 LBRL, las Comunidades Autónomas pueden decidir si, y hasta qué punto, los municipios deben tener competencias propias, pero sujetándose a las exigencias de los apartados 3, 4 y 5 del artículo 25 LBRL; además de a las garantías de autonomía local previstas en la Constitución y, en su caso, en los Estatutos de Autonomía" [STC 41/2016, FJ 10]. Código Seguro y “por tanto, se ha de entender que la competencia en medio ambiente sería más que apropiada para el fomento de políticas y acciones que se auspician desde la red de ciudades por la agroecología. Al mismo tiempo, entendemos que el artículo 72 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, cuando dispone que las Corporaciones locales favorecen el desarrollo de las asociaciones para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos, les facilitan la más amplia información sobre sus actividades y, dentro de sus posibilidades, el uso de los medios públicos y el acceso a las ayudas económicas para la realización de sus actividades e impulsan su participación en la gestión de la Corporación en los términos del número 2 del artículo 69; Así como el artículo 232 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, cuando dispone que en la medida en que lo permitan los recursos presupuestados, el Ayuntamiento podrá subvencionar económicamente a las asociaciones para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos, tanto por lo que se refiere a sus gastos generales como a las actividades que realicen; resulta más que adecuados para participar, desde un punto de vista económico, en la citada red a través de la cuota anual prevista”.

La Red de Ciudades por la Agroecología es una asociación sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, constituida al amparo de la Carta Europea de Autonomía Local, de la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local y de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación y normas complementarias, que tiene por objeto, según sus Estatutos, la generación de una dinámica entre las ciudades españolas con el fin de construir sistemas alimentarios locales, respetuosos con el medio ambiente, sostenibles, inclusivos, resilientes, seguros y diversificados que aseguren comida saludable, sostenible y accesible al conjunto de la población, y que potencien el empleo local, en línea con las perspectivas de la agroecología y la soberanía alimentaria. El 14 de mayo de 2018 se reunieron los representantes de los Ayuntamientos de Zaragoza, Valencia y El Prat de Llobregat para constituir una asociación denominada Red de Ciudades por la Agroecología, aprobar sus Estatutos y nombrar a su Junta Directiva. Con fecha 11 de octubre de 2018 se ha inscrito esta asociación en el Registro Nacional de Asociaciones, en la Sección 1a con número nacional 616509.

Los objetivos de la Red, recogidos en el artículo 5 de sus Estatutos, coinciden plenamente con las aspiraciones municipales tendentes a desarrollar una estrategia de alimentación saludable y sostenible. Además, la Red parece un instrumento idóneo para impulsar, asimismo, mecanismos de colaboración con otras Administraciones (locales, autonómicas y nacionales) para avanzar en la construcción de sistemas alimentarios más saludables, sostenibles y resilientes y generar, en colaboración con estos agentes, espacios de aprendizaje y de difusión de factores de éxito en la consecución de los referidos objetivos. Los órganos de gobierno y administración de la Red son, respectivamente, la Asamblea General, la Junta Directiva y la Presidencia. La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación y estará integrada por todas las entidades asociadas. La adquisición de la condición de socio, conlleva la obligación establecida en el artículo 30 b) de los Estatutos de abonar las cuotas que se fijen, así como otras aportaciones que puedan corresponder a los socios, una vez que se hayan discutido y aprobado los presupuestos de la asociación para cada ejercicio por parte de los correspondientes órganos de la asociación. La cuantía de esta cuota para el caso de Median Sidonia, es de 500 euros al año por tratarse de un municipio con una población comprendida entre los 10.000 y 15.000 habitantes. El Ayuntamiento de Medina Sidonia ha de solicitar formalmente la adhesión a la Red, conforme a lo establecido en el artículo 26.3 de sus Estatutos, para su sometimiento a aprobación por parte de su Junta Directiva. No obstante, tal y como establece el propio artículo 26 in fine, de los Estatutos, el acuerdo de integración deberá ser adoptado por el órgano competente de la entidad interesada, en el que se expresará su voluntad de adhesión y cumplimiento de los mencionados Estatutos. Se ha formado expediente por el Área de Medio Ambiente Medio Agrícola y Rural en el que constan el Informe del Técnico de Urbanismo y Medio Ambiente de 1 de marzo de 2024, el Informe de la Secretaria de 8 de marzo de 2024 y el Informe del Interventor de fecha 8 de marzo de 2024.

Antes todos estos argumentos el Pleno del Ayuntamiento es el órgano competente en virtud de lo dispuesto en el Artículo 22.2 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 47.2 g) de la Ley 7/1985 Reguladora de Bases de Régimen Local, la adhesión del Ayuntamiento a la Red de municipios por la agroecología requiere el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.

De conformidad con lo expuesto el Pleno ha adoptado el siguiente acuerdo: Primero.- Aprobar la adhesión del Excmo. Ayuntamiento de Medina Sidonia a la Red de Municipios por la Agroecología. Segundo.- Aceptar el texto de los Estatutos de la Red de municipios por la agroecología. Tercero.- Designar como representante titular del Ayuntamiento en la Red de Municipios por la Agroecología al concejal/a delegado/a de Medio Ambiente. Cuarto. - Autorizar al Alcalde para todos los trámites que proceda realizar para formalizar la adhesión del Ayuntamiento de Medina Sidonia a la Red de Municipios por la Agroecología.

 


 

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